La Aeronáutica Civil aprueba la actualización del plan maestro del aeropuerto internacional José María Córdova con visión a 30 Años

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La Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y bajo la dirección general (E) de Luis Alfonso Martínez Chimenty, expidió la Resolución No. 01699 del 26 de mayo de 2026, mediante la cual se aprueba oficialmente la Actualización del Plan Maestro Aeroportuario para el Aeropuerto Internacional José María Córdova, ubicado en el municipio de Rionegro, Antioquia rigiendo a partir de la fecha de publicación de este.

Este instrumento de planificación técnica estratégica establece los lineamientos para atender la creciente demanda de transporte aéreo de pasajeros y carga en el marco de la Vision 2030, asegurando un desarrollo de infraestructura metódico y seguro para los próximos 30 años. La medida deja sin efectos la anterior actualización aprobada mediante Resolución 2487 del 25 de agosto de 2016 expedida por la Aerocivil.

La estructuración de este proyecto estuvo fundamentada en estudios integrales de prefactibilidad que proyectan la máxima expansión de la infraestructura aeroportuaria, así como en la fase de factibilidad de la etapa de actividad de planificación PAL 1 o primera fase de inversión, como también la factibilidad de la construcción de la Segunda Pista del Aeropuerto comprendida para el quinquenio 2025–2030 y el quinquenio 2030 – 2035.

Para su desarrollo, la Aerocivil implementó la metodología BIM (Building Information Modeling), en estricto cumplimiento de los lineamientos del Ministerio de Transporte (Resolución 20243040050505 de 2024), posicionando al aeropuerto de Rionegro a la vanguardia de la innovación digital en el modelado 3D de infraestructura y la gestión eficiente de proyectos aeroportuarios y su respectivo orden de magnitud presupuestal.

La consultoría técnica fue ejecutada por el Consorcio Aeropuerto Rionegro 30 (Contrato N° 23001130 H3 de 2023) y supervisada por la interventoría Consorcio INT PM Rionegro. Además, aparte de las presentaciones iniciales, entre el 29 y 30 de septiembre de 2025; el plan y la factibilidad fue expuesta y socializada participativamente con gremios económicos, comunidades locales y autoridades gubernamentales de la región de Antioquia.

El Artículo 5° de la resolución encomienda a las Entidades territoriales y organismos gubernamentales, tales como el Ministerio de Transporte, la ANI, Invías, la Gobernación de Antioquia, y las Alcaldías y Secretarías de Planeación de Rionegro y Medellín principalmente, alinear sus planes de ordenamiento territorial (POT),  control  territorial,  esquemas  de  uso  del  suelo,  conectividad  multimodal  e infraestructura logística especializada con los parámetros definidos en el nuevo Plan Maestro como parte de las determinantes en la Ley 388 de 1997.

De igual manera, se enfatiza que la aprobación del Plan Maestro opera como un marco orientador y de planificación, por lo cual la ejecución concreta de obras y la asignación de presupuestos requerirán de las autorizaciones, y requisitos de ley correspondientes en cada etapa.

En concordancia con la Ley 1712 de 2014 y la jurisprudencia constitucional (Sentencia C-274 de 2013), la Aerocivil determinó la necesidad de la reserva legal sobre los estudios técnicos, financieros, de diseño y socio-prediales que conforman el expediente técnico, con el propósito fundamental de proteger la seguridad nacional, la seguridad operacional aérea y la protección de la infraestructura crítica del Estado.

El acto administrativo rige a partir de su publicación en el Diario Oficial, acompañado de un resumen ejecutivo con los componentes, del plan estará disponible para consulta de la ciudadanía a través del portal web institucional de la Aerocivil.

Prensa Aeronáutica Civil

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